| Inicio convocatoria: 06/01/2009 |
Final convocatoria: 06/03/2009 |
Organismo otorgante:
Cnj. Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías / Gobierno de Canarias |
Acciones subvencionables:
Ayudas a instalaciones de energías renovables, enmarcadas en alguno de los siguientes casos:
- solar fotovoltáica y eólica aislada:
- electrificación doméstica y servicios públicos.
- señalización y comunicación.
- otras específicas.
- solar fotovoltáica conectada a red.
- otras instalaciones de energías renovables no basadas en energía solar fotovoltáica y/o eólica.
|
| Inicio de la inversión: 01/01/2009 |
Fin de la inversión: 14/12/2009 |
|
| Tipo de subvención: |
Subvención a fondo perdido |
|
| Cuantía de la ayuda: |
| Ayuda máxima: 40,00 % ó 60.000,00 € |
| |
|
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
- para el caso 1 y 2: el coste de los equipos e instalaciones, módulos fotovotáicos, aerogeneradores (sólo para el caso 1), baterías, reguladores, convetidores, tendidos eléctricos y conexiones, obra civil asociada, puesta en marcha, dirección e ingeniería de proyecto, documentación técnica y manuales de uso y operación.
- para el caso 3: la inversión en bienes tangibles que sea necesaria para alcanzar los objetivos energéticos y medioambientales previstos. Podrá incluirse la dirección de obra y el coste de redacción del proyecto.
NO serán subvencionables: los gastos de mobiliario, material de oficina y los programas informáticos estándares; los gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por objeto el uso eficiente de la energía o el aprovechamiento de las energías renovables; los gastos no imputables directamente al proyecto; los gastos financieros; los gastos de adquisición de terrenos; las inversiones en equipos usados; la contratación de personal, los gastos de viaje y gastos diversos de asistencia a congresos y seminarios.
|
Información adicional:
BENEFICIARIOS: empresas públicas o privadas, personas físicas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de vecinos y corporaciones locales.
CUANTIA: la cuantía y el porcentajes máximos de ayuda reflejados son límites para el caso 3, pero la ayuda variará según el tipo de proyecto.
RESTRICCIONES: quedan excluidas como beneficiarios, las agrupa-ciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes que carezcan de personalidad propia y las uniones temporales de empresas.
Las actuaciones subvencionables deben realizarse a partir del 01/01/07 y, en sucesivos, a partir de la finalización del plazo de solicitudes del ejercicio anterior.
El plazo de ejecución finaliza el 31 de octubre del ejercicio en curso.
NOTA INTERNA: estas ayudas pueden ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), con una tasa de cofinanciación del 55,83%, en el marco del Programa Operativo de Canarias 2007 – 2013, eje 4.
El presupuesto total para el año 2009 es de 550.000 euros.
El plazo de resolución es de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria.
El plazo de justificación finalizará el 14/12/09. |
Localización del proyecto:
Canarias (Islas)
España |
Localización del beneficiario:
Canarias (Islas)
España |